martes, 6 de mayo de 2008

Estudio de los tratados y estándares internacionales

Los países que han firmado tratados internaciones sobre derechos humanos están obligados a respetar, proteger y cumplir los derechos establecidos en dichos tratados. Entre los más importantes destacan; la Declaración Internacional de Derechos, en la que se incluyen la Declaración de los Derechos Humanos de la ONU, el Convenio Internacional sobre Derechos Políticos y Civiles y el Convenio Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Es importante que se revisen estos documentos exhaustivamente cuando se está preparando la legislación sobre salud mental. También hay acuerdos internacionales de estándares sobre buenas prácticas que no son legalmente vinculantes. Estos incluyen los Principios para la Protección de las Personas con Enfermedades Mentales y para la Mejora de los Servicios de Salud Mental (MI Principles), las Normas Estándar para la Igualdad de
Oportunidades de las Personas con Minusvalías, la Declaración de Caracas (OPS), la
Declaración de Madrid (WPA) y otros estándares como la “Ley sobre cuidados de Salud Mental: diez principios básicos”, de la Organización Mundial de la Salud.

Ciertos convenios internacionales, aunque no estén formulados específicamente para la
protección de las personas con trastornos mentales, garantizan, en los paises firmantes, la protección de los derechos humanos.

Por ejemplo, el artículo 7 del Convenio Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos proporciona a todos los individuos, incluidos aquellos con trastornos mentales, protección frente a la tortura y la crueldad, el tratamiento inhumano o
degradante, el castigo ,así como el derecho a no ser sometido a experimentos médicos o científicos sin un consentimiento libre e informado.

El Artículo 12 del Convenio Internacional
sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconoce el derecho de todas las
personas, incluyendo a aquellas con trastornos mentales, a disfrutar de los mejores
estándares posibles de salud física y mental.

El Tratado Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades
Fundamentales, respaldado por el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, proporciona, en los paises que han ratificado dicho tratado, una protección obligatoria de los derechos humanos de las personas con trastornos mentales.

La legislación sobre salud mental en los países europeos debe proporcionar una proteccion contra el ingreso involuntario de las personas con trastornos mentales, basadas en los tres principios siguientes, establecidos por el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos:
a) el trastorno mental debe ser determinado por un medico especialista, objetivo e imparcial;
b) el trastorno mental debe tener tal naturaleza y grado que requiera un internamiento involuntario
c) se debe demostrar la persistencia del trastorno mental para justificar la continuidad del internamiento (Wachenfield, 1992).

La legislación sobre salud mental en los países europeos también se ve influenciada por la Recomendación 1235 sobre Psiquiatría y Derechos Humanos (1994) adoptada por Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, que determina los criterios para el ingreso involuntario de las personas con trastornos mentales, el procedimiento para tomar decisiones relativas al ingreso involuntario, las estándares de los cuidados y tratamientos dispensados a las personas con trastornos mentales y las prohibiciones orientadas a la prevención de abusos en la práctica psiquiátrica.

En la región de las Américas existe un conjunto de instrumentos que proporciona protección de los derechos humanos de todas las personas, incluidas aquellas con trastornos mentales.
Estos instrumentos incluyen la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del
Hombre, el Tratado Americano sobre los Derechos Humanos, el Protocolo Adicional al Tratado Americano sobre los Derechos Humanos en las áreas de los derechos económicos, sociales y culturales, y el Tratado Interamericano para la Eliminación de toda Forma de Discriminación contra las Personas con Minusvalías.

La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre es un documento no
vinculante que comprende la protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. El Tratado Americano sobre los Derechos Humanos declara explícitamente que toda persona tiene el derecho a su integridad física, mental y moral; que nadie podrá ser sujeto a tratamientos o castigos crueles, degradantes o inhumanos y que toda persona privada de su libertad deberá ser tratada con la dignidad inherente al ser humano.
El Protocolo Adicional al Tratado Americano sobre los Derechos Humanos proporciona aún más protección para las personas con trastornos mentales afirmando que, para conseguir el ejercicio del derecho a la educación, se deben establecer programas de educación especial y así proporcionar formación e instrucción especiales a las personas con minusvalías físicas o mentales. También hace constar que todas las personas que sufren una disminución de sus
capacidades físicas o mentales tienen el derecho a recibir una atención especial que les ayude a alcanzar el mayor desarrollo posible de su personalidad, y que todo el mundo tiene derecho a la seguridad social para protegerles de las consecuencias de la vejez y la minusvalía, y para asegurarse los medios que les permitan disfrutar de una existencia digna y decente.
El Tratado Interamericano para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Minusvalías no ha entrado aún en vigencia. Sus objetivos son evitar y eliminar todas las formas de discriminación contra las personas que sufren minusvalías mentales o físicas y promover su total integración en la sociedad. Es el primer tratado internacional orientado específicamente a defender los derechos de las personas con trastornos mentales.
Otro ejemplo de un mecanismo regional para la protección de los derechos humanos es
La Carta Africana (Banjul) sobre los Derechos Humanos y de las Personas, un documento
legalmente vinculante supervisado por la Comisión Africana sobre los Derechos Humanos y de las Personas. El Artículo 16 garantiza el derecho a disfrutar del mejor estado posible de salud física y mental. El Artículo 4 protege el derecho a la vida y a la integridad de la persona, mientras que el artículo 5 concierne al derecho al respeto de la dignidad inherente al ser humano, la prohibición de toda forma de explotación y degradación, en particular la esclavitud y trata de esclavos, la tortura y toda clase de tratamiento o castigo degradante, inhumano o cruel.
La creciente valoración de la discapacidad relacionada con los trastornos mentales ha llevado a un desplazamiento del paradigma de la enfermedad hacia el paradigma de la invalidez para comprender las consecuencias sociales de los trastornos mentales. Entender estos trastornos en términos de discapacidad proporciona nuevas oportunidades legislativas para proteger los derechos de las personas afectadas. Por ejemplo, la Resolución 48/96 de las Naciones Unidas sobre las Normas Estándar para la Equiparación de Oportunidades de las Personas con Discapacidad (1993) intenta asegurar la igualdad de oportunidades y la protección de los derechos de las personas discapacitadas. La legislación referente a la discapacidad que surja de la puesta en practica de estas Normas Estándar puede constituir un segundo nivel de
protección contra las violaciones de los derechos humanos de las personas con trastornos mentales.
Organizaciones y agencias internacionales han intentado orientar las legislaciones nacionales sobre salud mental desarrollando estándares y directrices para proteger los derechos de las personas con trastornos mentales. Aunque estas directrices no son obligatorias, representan la opinión internacional sobre los componentes esenciales de la legislación sobre salud mental.
En 1991, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 46/119, que
comprende una serie de principios para la protección de los derechos humanos de las
personas con trastornos mentales. Los Principios para la Protección de las Personas con Enfermedades Mentales y para la Mejora de los Servicios de Salud Mental son un conjunto de derechos básicos que la comunidad internacional considera como inviolables en los entornos comunitarios o institucionales.

Los 25 principios tratan las siguientes áreas:
- definición de enfermedad mental;
- protección de la confidencialidad;
- estándares sobre cuidados y tratamientos, incluyendo el ingreso involuntario y el
consentimiento al tratamiento;
- derechos de las personas con trastornos mentales en los dispositivos de salud mental;
- protección de los menores;
- disposición de recursos para los servicios de salud mental;
- papel que juegan la comunidad y la cultura;
- revisión de los mecanismos para la protección de los derechos de delincuentes con
trastornos mentales;
- procedimientos para garantizar la protección de los derechos de las personas con trastornos
mentales.

Para facilitar la comprensión y la puesta en práctica de los Principios de las Naciones Unidas, la OMS publicó unas directrices sobre los derechos humanos de las personas con trastornos mentales (Organización Mundial de la Salud, 1996 a). Las directrices incluían un listado para facilitar una valoración rápida del estado de los derechos humanos a nivel local y regional.

Otro
documento que facilita la puesta en práctica de los Principios de las Naciones Unidas se titula Atención a la salud mental: diez principios básicos (Organización Mundial de la Salud, 1996b).
Éste se basa en un análisis comparativo de leyes nacionales sobre salud mental y describe diez principios básicos sobre la legislación en salud mental sin tener en cuenta contextos legales o culturales. Hay comentarios a la puesta en práctica de los principios.
Ley de Cuidados de Salud Mental: diez principios básicos
(Organización Mundial de la Salud, 1996b)
- Promoción de la salud mental y prevención de los trastornos mentales.
- Acceso a los cuidados básicos de salud mental.
- Evaluación de la salud mental de acuerdo a principios internacionalmente aceptados.
- Disponibilidad de cuidados de salud mental lo menos restrictivos posibles.
- Autodeterminación.
- El derecho a ser asistido en el ejercicio de la autodeterminación.
- Accesibilidad a la revisión de los procedimientos.
- Mecanismos automáticos de revisión periódica.
- Directores y gestores cualificados.
- Respeto por el objetivo de las leyes

La Declaración de Caracas (OPS), adoptada por la Conferencia Internacional para la
Reestructuración de la Atención Psiquiátrica en Latinoamérica en 1990, es un ejemplo de colaboración a nivel regional para la protección de las personas con trastornos mentales. Esta Declaración pretende promover servicios de salud mental integrados en la Comunidad mediante la reestructuración de la atención psiquiátrica que se proporciona en los hospitales mentales.
La Declaración sostiene que: los recursos, cuidados y tratamientos de las personas
con trastornos mentales deben garantizar su dignidad y sus derechos humanos y civiles, proporcionar tratamiento racional y adecuado, y esforzarse por mantener a esas personas en la comunidad Añade, además, que la legislación sobre salud mental debe preservar los derechos humanos de los enfermos mentales y que los servicios deberían organizarse de tal manera que se puedan hacer respetar esos derechos.
Las asociaciones internacionales de profesionales de la salud mental también se han
esforzado en proteger los derechos humanos de los enfermos mentales formulando
directrices sobre los estándares de conducta y buenas practicas de los profesionales. Dichas directrices están contenidas, por ejemplo, en la Declaración de Madrid, adoptada en 1996 por la Asamblea General de la Asociación Mundial de Psiquiatría. Entre otros estándares, la Declaración insiste en realizar tratamientos basados en la colaboración con las personas que sufren trastornos mentales y en que se produzca el ingreso involuntario sólo en circunstancias excepcionales.


Puntos clave: componentes esenciales de la legislación sobre salud mental
- La legislación no sólo debería proteger los derechos de las personas con trastornos
mentales, sino también promover la salud mental y prevenir los trastornos mentales.
- La legislación debería adoptar la alternativa del tratamiento menos restrictivo exigiendo que a las personas se les ofrezca siempre un tratamiento en lugares que restrinjan lo menos posible su libertad personal su estatus, y sus derechos en la comunidad, permitiéndoles seguir con su trabajo, desplazarse a voluntad y llevar a cabo sus asuntos.
- La legislación debería asegurar la confidencialidad de toda la información obtenida en el contexto clínico.
- El principio del consentimiento libre e informado al tratamiento debe incluirse en la legislación.
- El ingreso involuntario en el hospital sólo debería producirse excepcionalmente y en circunstancias muy específicas. La legislación debería estipular dichas circunstancias específicas y determinar los procedimientos a seguir en estos casos.
- El tratamiento involuntario sólo debería contemplarse en circunstancias excepcionales; por ejemplo, si el paciente esta incapacitado para dar su consentimiento y el tratamiento es necesario para mejorar su estado y/o evitar un deterioro significativo de su salud mental y/o evitar que haga daño a otras personas o a sí mismo.
- En los países en los que existe la posibilidad de tratamientos involuntarios en la comunidad deben establecerse y seguirse unas normas, esto es, debe demostrarse la incapacidad y la probabilidad de que el paciente cause daños a otros o a sí mismo.
- La legislación debería incluir una disposición para el nombramiento de un órgano de revisión independiente que actúe de mecanismo regulador y que posea una composición, unos poderes y unos deberes específicos.
- La legislación no debería estar limitada al ámbito de la salud mental, ni tampoco al de la salud en general. La legislación sobre vivienda, empleo, educación y salud entre otras materias es fundamental para la promoción de la salud mental y la prevención de trastornos mentales, por lo que debe recibir una atención adecuada.

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